El Pasado 14 de Julio del 2012, se publico en el B.O.E. el Real Decreto-Ley 20/2012 del 13 de Julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Entre las medidas fiscales que incluye este Real-Decreto queremos destacar las siguientes:
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a partir del 1 de septiembre 2012:
Se aumentan los tipos de gravamen: En General del 18% al 21%, El Reducido del 8% al 10%, El Super-reducido del 4% no varia
Se aumentan los tipos de recargo de equivalencia:
El del 4% al 5,2%
El del 1% al 1,4%
El del 0,5% no varia
Determinados productos y servicios que tributaban a tipo reducido pasa a tributar al tipo general, es decir del 8% pasan al 21% .
Entrega de Bienes:
– Las flores y plantas vivas de carácter ornamental.
– Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
– Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor, derechohabientes o empresarios no revendedores con derecho a deducir.
Presentaciones de servicios:
– Entre ellos los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiestas, barbacoas u otros análogos.
– La entrada a teatros, circos y demás espectáculos, parques de atracciones parques zoológicos, exposiciones, visitas a monumentos y parques naturales.
– Servicios prestados por artistas (personas físicas).
– Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte.
– Servicios funerarios.
– La asistencia sanitaria dental y curas termales que no gocen de exención.
– Los servicios de peluquería.
– Servicios de radiodifusión y televisión digital.
Mas informacion adjunta:
En el resumen de la orden publicada en el B.O.E que podréis leer pulsando AQUÍ.