
Ayer tarde se publicó el Decreto de las nuevas medidas que entran en vigor desde las 00.00 horas del día 8 de junio de 2021, hasta las 23.59 horas al 30 de junio
Medidas relativas a establecimientos de hostelería y restauración.
1. Se incluye en este punto a todas las actividades hosteleras y de restauración que tienen por objeto la prestación de servicio de bebidas y comida elaborada para su consumo en el interior o exterior de los locales, entre los que se encuentran, salones de banquetes, restaurantes, café, bar, cafeterías, establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre y salón-lounge. Asimismo, se incluyen los servicios tipo self-service o bufet, de acuerdo con las medidas de seguridad y protocolos establecidos al efecto.
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